¿Cuánto vale una hora de trabajo en Colombia en 2026? Así se calcula con la jornada de 42 horas
Jul 15

¿Cuánto vale una hora de trabajo en Colombia en 2026? Así se calcula con la jornada de 42 horas

Jul 15

Desde el 15 de julio de 2026, el valor de una hora de trabajo en Colombia cambió.

No porque todos los trabajadores hayan recibido un aumento salarial, sino porque el mismo salario mensual ahora corresponde a una jornada máxima ordinaria de 42 horas semanales.

Esto significa que, aunque el sueldo mensual se mantiene, cada hora ordinaria tiene un valor mayor. El cambio también afecta directamente el cálculo de las horas extras, los recargos nocturnos y el trabajo realizado en domingos, festivos o días de descanso obligatorio.

Sin embargo, todavía es común encontrar empresas y trabajadores que utilizan divisores antiguos, como 220 o 240 horas mensuales, o que simplemente multiplican las horas semanales por cuatro.

En este artículo explicamos cuál es la fórmula aplicable desde el 15 de julio de 2026 y cuánto vale cada tipo de hora tomando como ejemplo el salario mínimo vigente.

¿Qué cambió con la jornada laboral de 42 horas?

La Ley 2101 de 2021 estableció la reducción gradual de la jornada máxima laboral, sin disminuir el salario ni las prestaciones sociales de los trabajadores.

Desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima ordinaria llegó finalmente a 42 horas semanales. Estas horas pueden distribuirse, de común acuerdo, entre cinco o seis días a la semana, garantizando siempre un día de descanso.

Por ejemplo, una empresa podría distribuir la jornada de alguna de estas maneras:

  • 8 horas y 24 minutos durante cinco días.
  • 7 horas durante seis días.
  • Una jornada flexible, siempre que se respeten los límites legales y no se superen las 42 horas semanales.

Por lo tanto, la ley no obliga a que todos los trabajadores laboren exactamente siete horas diarias.

Las siete horas se utilizan como una equivalencia matemática para determinar el divisor mensual aplicable al cálculo de la hora ordinaria.

¿Por qué el salario se divide entre 210 horas?

Desde el 15 de julio de 2026, el divisor para calcular el valor de la hora ordinaria de un trabajador con jornada máxima legal es de 210 horas mensuales.

La fórmula utilizada es la siguiente:

42 horas semanales ÷ 6 días = 7 horas diarias

Posteriormente:

7 horas diarias × 30 días = 210 horas mensuales

El Ministerio del Trabajo incluyó dentro de sus lineamientos sobre jornada laboral el uso de 210 horas mensuales cuando la jornada máxima llegue a 42 horas semanales.

Esto no significa que el trabajador tenga que prestar servicios durante los 30 días del mes. El salario mensual también comprende los descansos remunerados a los que tiene derecho el trabajador.

El error de multiplicar 42 horas semanales por cuatro semanas arrojaría 168 horas, pero ese resultado no corresponde al divisor utilizado para liquidar la hora ordinaria, las horas extras y los recargos de un trabajador mensualizado.

Fórmula para calcular el valor de una hora de trabajo

La fórmula general es:

Valor de la hora ordinaria = salario mensual ÷ 210

Esta operación debe realizarse únicamente sobre los conceptos que constituyen salario.

Por eso, cuando se utiliza el salario mínimo como ejemplo, no debe sumarse el auxilio de transporte, ya que este auxilio no constituye salario ni remunera directamente el servicio prestado.

Ejemplo con el salario mínimo de 2026

Para 2026, el salario mínimo mensual en Colombia es de:

$1.750.905

El auxilio de transporte es de $249.095, pero no se incluye dentro de la base para calcular el valor de la hora ordinaria.

Aplicando la fórmula:

$1.750.905 ÷ 210 = $8.337,64

Por lo tanto, el valor aproximado de una hora ordinaria para una persona que gana el salario mínimo es de:

$8.338 por hora

Aunque para efectos informativos el resultado puede aproximarse al peso más cercano, los sistemas de nómina deberían conservar los decimales durante la operación y redondear únicamente el resultado final para evitar diferencias acumuladas.

¿Cómo se calculan las horas extras y los recargos?

Una vez se conoce el valor de la hora ordinaria, deben aplicarse los porcentajes establecidos en la legislación laboral.

Actualmente:

  • El recargo nocturno es del 35%.
  • La hora extra diurna tiene un recargo del 25%.
  • La hora extra nocturna tiene un recargo del 75%.
  • El trabajo en día de descanso obligatorio o festivo tiene un recargo del 90% desde el 1 de julio de 2026.

Además, desde diciembre de 2025, el trabajo nocturno comienza a las 7:00 p. m. y termina a las 6:00 a. m. del día siguiente.

Tabla de horas extras y recargos para el salario mínimo de 2026

Los siguientes valores se calcularon utilizando como base exacta $8.337,64 y redondeando el resultado final:

Tipo de hora Porcentaje adicional Factor total Valor aproximado
Hora ordinaria diurna 0% 100% $8.338
Hora extra diurna 25% 125% $10.422
Hora ordinaria nocturna 35% 135% $11.256
Hora extra nocturna 75% 175% $14.591
Hora ordinaria en descanso obligatorio o festivo 90% 190% $15.842
Hora ordinaria nocturna en descanso obligatorio o festivo 125% 225% $18.760
Hora extra diurna en descanso obligatorio o festivo 115% 215% $17.926
Hora extra nocturna en descanso obligatorio o festivo 165% 265% $22.095

Importante sobre estos valores

El “factor total” representa el valor completo atribuible a cada hora.

Sin embargo, cuando se trata de un trabajador que recibe un salario mensual, la hora ordinaria ya está incluida dentro de ese salario. Por eso, en algunos casos la empresa únicamente debe pagar de forma adicional el recargo correspondiente.

Por ejemplo, si una persona trabaja una hora ordinaria nocturna:

  • La hora ordinaria ya está cubierta por su salario.
  • La empresa debe reconocer adicionalmente el recargo nocturno del 35%.

En cambio, cuando se trata de una hora extra, como ese tiempo está por fuera de la jornada ordinaria, debe pagarse el valor completo de la hora con el recargo correspondiente.

Ejemplo de una hora extra diurna

Una persona gana el salario mínimo mensual y trabaja una hora adicional durante el día.

El cálculo sería:

$8.337,64 × 1,25 = $10.422,05

Por esa hora extra diurna deberá recibir aproximadamente:

$10.422

Ejemplo de una hora extra nocturna en un festivo

Una persona trabaja una hora adicional durante la noche de un día festivo.

En este caso se suman:

  • 100% correspondiente al valor básico de la hora.
  • 90% por trabajar en día festivo o de descanso obligatorio.
  • 75% por tratarse de una hora extra nocturna.

El factor total es del 265%:

$8.337,64 × 2,65 = $22.094,75

Por esa hora deberá recibir aproximadamente:

$22.095

Errores frecuentes al calcular el valor de la hora

Dividir el salario entre 240 horas

El divisor de 240 correspondía a la antigua jornada de 48 horas semanales. Utilizarlo actualmente reduce artificialmente el valor de la hora y puede ocasionar pagos inferiores a los legalmente debidos.

Continuar utilizando el divisor de 220

El divisor de 220 correspondía a la jornada de 44 horas semanales vigente hasta el 14 de julio de 2026.

Desde el 15 de julio de 2026 debe utilizarse el divisor de 210 para los trabajadores sometidos a la jornada máxima legal de 42 horas.

Multiplicar las horas semanales por cuatro

Un mes no equivale exactamente a cuatro semanas. Además, el salario mensual incluye los descansos remunerados, por lo que 168 horas no es el divisor aplicable para liquidar la nómina mensual.

Sumar el auxilio de transporte

El auxilio de transporte no constituye salario. Por ello, no debe agregarse al salario básico para calcular el valor de la hora ordinaria, las horas extras o los recargos.

Confundir un recargo con una hora extra

Una hora ordinaria nocturna no necesariamente es una hora extra.

Si hace parte del horario habitual, únicamente genera el recargo nocturno del 35%. Solo será una hora extra cuando exceda la jornada ordinaria pactada o la jornada máxima legal.

Aplicar el 90% dominical como valor total

Desde el 1 de julio de 2026, el recargo por trabajar en día de descanso obligatorio es del 90%.

Esto significa que la hora tiene un valor total equivalente al 190% de la hora ordinaria: el 100% correspondiente a la hora básica y un 90% adicional como recargo.

¿Qué deben revisar las empresas?

Las empresas deberían verificar que sus sistemas y procesos de nómina estén ajustados a:

  • El límite de 42 horas semanales.
  • El divisor mensual de 210 horas.
  • El inicio de la jornada nocturna a las 7:00 p. m.
  • El recargo del 90% por trabajo en días de descanso obligatorio o festivos.
  • La correcta acumulación de los recargos cuando exista trabajo extra, nocturno o festivo.
  • El registro de las horas extras efectivamente laboradas.

La Ley 2466 de 2025 también exige al empleador llevar un registro del trabajo suplementario e informar al trabajador sobre las horas extras reconocidas y pagadas.

Un error repetido en la liquidación puede generar reclamaciones por diferencias salariales, reliquidación de prestaciones sociales, procesos laborales e investigaciones administrativas.

¿Qué pueden revisar los trabajadores?

Los trabajadores pueden comparar su salario básico y el número de horas reportadas en el desprendible de nómina.

Para hacerlo deben:

  1. Dividir el salario mensual entre 210.
  2. Identificar si las horas fueron diurnas, nocturnas, extras o realizadas en un día de descanso.
  3. Aplicar el porcentaje correspondiente.
  4. Comparar el resultado con el valor pagado por la empresa.

También es recomendable conservar desprendibles de pago, horarios, registros de ingreso, mensajes, correos y cualquier documento que permita demostrar las horas efectivamente trabajadas.

Conclusión

La reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales no disminuye el salario. Por el contrario, aumenta el valor económico de cada hora trabajada.

Desde el 15 de julio de 2026, el salario mensual debe dividirse entre 210 horas para obtener el valor de la hora ordinaria de los trabajadores sometidos a la jornada máxima legal.

En el caso de una persona que gana el salario mínimo de 2026, una hora ordinaria tiene un valor aproximado de $8.338. Sobre este valor deben calcularse correctamente las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos.

Utilizar divisores antiguos puede generar pagos incompletos y responsabilidades para el empleador.

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Este contenido es informativo y no reemplaza el análisis jurídico de cada caso particular.